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Piden inhabilidad de dos ministros del Tribunal Constitucional por recurso que busca declarar inconstitucional a la CAM

Uno de los abogados que presentó un recurso para declarar inconstitucional a la CAM, solicitó la inhabilidad de dos ministros del Tribunal Constitucional (TC).

Se trata de una nueva arremetida en el marco del recurso que busca declarar la inconstitucionalidad de tres grupos radicales que operan en el sur del país.

Recordemos que la semana pasada el TC acogió a trámite el recurso que busca declarar inconstitucional a la Coordinadora Arauco Malleco, junto a los Órganos de Resistencia Territorial (ORT) Lafkenche, Wenteche Katrileo y Nagche.

Según el escrito al que tuvo acceso Radio Bío Bío, se indica que el TC tiene la atribución de “declarar la inconstitucionalidad de las organizaciones y de los movimientos o partidos políticos, como asimismo la responsabilidad de las personas que hubieran tenido participación en los hechos que motivaron la declaración de inconstitucionalidad, en conformidad a lo dispuesto en los párrafos sexto, séptimo y octavo del Nº 15º del artículo 19 de esta Constitución”.

Además, se apunta que “es un hecho público y notorio que existen en cursos diversas investigaciones y procesos penales referidos a imputaciones por una serie de delitos en contra de las denominadas “CAM” y de diversas organizaciones, entre ellas algunas denominadas “ORT”, delitos dentro de lo cual se encuentran algunos referidos a Ley de Seguridad Interior del Estado”.

El recurso, pese a ser acogido a trámite la semana pasada, fue votado en contra por la presidenta del organismo, Nancy Yáñez, y el ministro Rodrigo Pica.

“La imputación de hechos que puedan revestir caracteres de delitos no es propia de este proceso, no porque carezcan de relevancia, sino porque una imputación de esos caracteres desbordaría la delimitación constitucional específica del inciso sexto del número 15° del artículo 19 de la Constitución”, indicaron.

Por lo anterior, el abogado Ronald Kurt Von Der Weth solicitó la inhabilidad de ambos ministros a través de una recusación amistosa para conocer de la causa.

Según señala el texto, al que tuvo acceso exclusivo Radio Bío Bío, ambos ministros “fundamentan su disidencia, pronunciándose sobre el fondo del asunto, dejando serias dudas a parte la requirente y a la comunidad en su conjunto, si en la presente acción popular se respetará la garantía fundamental de contar con un tribunal independiente e imparcial”.

“En efecto, a juicios de este requirente la señora y el señor ministro, ya individualizados, se pronunciaron sobre el fondo del asunto en la etapa de admisibilidad, enmarcándose la acción en la hipótesis prevista en el artículo 196 número 10 del Código Orgánico de Tribunales relativo a las causales de recusación”, agrega.

“No queda más que concluir que los ministros individualizados se han pronunciado anticipadamente y de manera concreta sobre el fondo del asunto, perdiendo en definitiva la independencia requerida a todo y a cualquier tribunal de la República para resolver el presente requerimiento”, señalan.

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