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Elecciones Regional Trabajo

Fiscalizará en el Maule permiso de dos horas para sufragar en elecciones del domingo y cierre de comercio

La Dirección Regional del Trabajo informó que el próximo domingo 13 de junio fiscalizará el permiso de dos horas para concurrir a votar en la segunda vuelta de las elecciones de gobernadores regionales y el cierre de malls y centros comerciales administrados por una misma razón social o personalidad jurídica.

Sin perjuicio de lo anterior, los trabajadores que presten servicios en regiones en que no se realizarán las elecciones y que deban votar en regiones en que sí se realizarán los comicios, como es el caso del Maule, cuentan de igual manera con el permiso de dos horas para poder concurrir a su lugar de votación.

Las denuncias por eventuales incumplimientos de esos derechos legales podrán hacerse entre las 9 y las 14 horas de ese domingo a través del Canal de Atención Telefónica, digitando el número 600 450 4000.

“Instamos a los empleadores a respetar los derechos que tienen los trabajadores para ejercer su preferencia en estas elecciones y a los trabajadores a denunciar en nuestro canal telefónico si tales derechos les están siendo vulnerados”, sostuvo la directora regional del Trabajo, Pilar Sazo.

En el caso del comercio, la norma legal imperante durante esa jornada electoral también considera el feriado obligatorio para sus trabajadores, específicamente para quienes laboren en malls, strip center u otros centros con varios locales administrados por una misma razón social o personalidad jurídica.

“Quedan exceptuados de esta norma quienes laboran en otro tipo de comercio, como supermercados y tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única. También pueden trabajar los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o de aquellas con turnos fijados por la autoridad sanitaria”, precisó Sazo.

El inicio del feriado, lo que significa el cierre de malls y centros comerciales, será a las 21:00 horas del sábado 12 y terminará a las 6:00 horas del lunes 14. Lo anterior, salvo las alteraciones horarias que se produzcan con motivo de la rotación en los turnos de trabajo.

Las multas a las que se exponen los empleadores que incumplan las normas legales van entre los $ 468.045 y $ 3.120.300 y su monto dependerá de la cantidad de trabajadores con que cuente la empresa sancionada.

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