Una resolución del Ministerio de Justicia, publicada el 11 de junio en el Diario Oficial, ha generado fuerte polémica entre egresados de Derecho. La medida, dictada por la Corporación de Asistencia Judicial Metropolitana, obliga a repetir la práctica profesional a todos aquellos que, entre mayo de 1981 y diciembre de 2024, no hayan entregado su informe final, requisito esencial para obtener el título de abogado.
La resolución exenta N° 1.488 se fundamenta en la normativa vigente que exige la presentación del informe en un plazo de 30 días desde el término de la práctica, con una extensión máxima de 15 días tras notificación. En caso de incumplimiento, el CAJ tiene la facultad de exigir la repetición de la práctica. La decisión busca regularizar millas de procesos inconclusos y afecta a postulantes de diversas universidades del país que realizaron su práctica en la institución.
La medida ha causado molestias en el mundo académico y entre los afectados, que critican la retroactividad de la decisión. Sin el informe de práctica validado, no es posible solicitar el título profesional ni jurado ante la Corte Suprema, pasos esenciales para ejercer como abogado. El CAJ Metropolitana, al ser uno de los principales centros receptores de practicantes, enfrenta ahora un eventual aumento de solicitudes y reclamos.