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Empresario coreano radicado en Chile acusa a ex fiscal jefe de Talca de falsificar documentos para rematar sus propiedades y apropiarse de más de $200 millones

  • Choon Sik Park, a través del abogado José Antonio Villalobos, presentó una denuncia por uso malicioso de instrumento público falso y prevaricación contra Carlos Esteban Olivos, quien actualmente se desempeña como abogado asesor en la fiscalía Regional del Maule. La acción penal también va dirigida contra los abogados Alexis Paiva Paiva y Belisario Prats.

Una denuncia por los delitos de prevaricación y uso malicioso de instrumento público falso fue presentada en contra del exfiscal jefe de Talca y actual abogado asesor de la Fiscalía Regional del Maule.

Se trata de Carlos Esteban Olivos, a quien la víctima, un empresario coreano radicado en Chile, Choon Sik Park, acusa de haber falsificado un mandato de origen coreano para validar una serie de documentos que fueron utilizados para rematar dos propiedades y así, apropiarse de más de $200 millones de pesos. Estos inmuebles estaban avaluados comercialmente en $600 millones. La acción penal también va dirigida contra los abogados Alexis Paiva Paiva y Belisario Prats.

De acuerdo al documento, ingresado a la Fiscalía Metropolitana Centro Norte por el abogado José Antonio Villalobos –del estudio PFV Abogados-, los denunciados Paiva, Olivos y Prats materializaron un remate de bienes raíces de propiedad del empresario en 2014, en un juicio civil en su contra “a sabiendas que inexistencia de un supuesto mandante (una empresa coreana que fue declarada en quiebra y revocó todos los mandatos en 2001), utilizando –para ello- un poder o mandato falso, apropiándose, en definitiva, de la suma de 204 millones de pesos de manera fraudulenta, y mediante el uso malicioso de instrumento público ideológicamente falso”.

VENTA DE ACCIONES

Según se detalla en el escrito, el día 30 de octubre de 1990, Choon Sik Park tras radicarse en Chile, celebró un contrato de compraventa con la empresa coreana “Dong Seon Special 2 Material Co. Td”, representada en Chile ese entonces por Doo Jin Choi.

El acuerdo fue el pago de US$1.366.105 que sería cancelado en doce cuotas en un lapso de 5 años, estableciéndose que el protesto de cualquiera de las cuotas, habilitaba a la empresa vendedora a protestar el resto de ellas, sin importar sus fechas de vencimiento.

Sin embargo, agrega la denuncia, en 1992 la empresa vendedora “Dong Seon Special 2 Material Co. Td”, dejó sin efecto el contrato argumentando que Doo Jin Choi no tenía la representación legal de la sociedad dueñas de las acciones, para transferirlas, razón por la que se suscribió un nuevo contrato por un nuevo precio, acordándose –además- otorgar un poder especial a otro ciudadano coreano, Seun Jin Oh Kim, para representar a la sociedad en cuestión y volver a celebrar un contrato entre las mismas partes.

Es en este escenario, según la denuncia, cuando Carlos Olivos aparece en el caso. No obstante la representación permanente del representante legal de la firma coreana, Woo Young Jung, en 1998 -6 años después del primer vencimiento impago y a dos meses de ser declarada en quiebra en la República de Corea- “Olivos, en conocimiento de este supuesto crédito a favor de la acreedora, presenta un mandato falso de esta Sociedad Coreana, la que no había iniciado ninguna gestión a 8 años de una supuesta deuda impaga ad portas de un proceso de quiebra en ese país, para reclamar una deuda que no le correspondía, con el único objeto de lucrar de esta manera con el fraude procesal que diseña y lleva a cabo junto a los querellados”.

EL MANDATO

En el escrito se indica que Olivos en conjunto a otro abogado de origen coreano que conoció mientras estudiaba Derecho elaboraron un documento desde Corea, consistente en un supuesto mandato.

“En dicho instrumento ideológicamente falso, por la sociedad Dong Seon Special Material Co. LTD., comparece un tal Young-Du Kim, que nunca había comparecido por la sociedad coreana, que nadie sabe quién es, arrogándose una representación falsa, ya que no existía deuda ni sociedad alguna, en la tramitación del proceso civil seguido ante el 9º Juzgado Civil de Santiago, y pese a tener cabal conocimiento que la empresa no existía en la República de Corea”.

Esto derivó, según plantea Villalobos en la acción judicial, que el 18 de junio de 2013, “logra el remate de mis propiedades, con pleno conocimiento que su supuesta mandante en Corea no existe, en la suma de $204.300.000, solicitando su giro al tribunal y apropiándose indebidamente de los dineros obtenidos producto del remate. esto es, los querellados a sabiendas que la empresa no existía en el extranjero, efectúan actos positivos para lograr el fraude”.

PRUEBAS

De hecho, indican que presentaron una serie de evidencias al juez civil para descubrir el engaño, entre los cuales están los documentos de la República de Corea del Sur que dan cuenta que la empresa Dong Seon Special se declaró en quiebra, fue intervenida por un síndico y todos los mandatos y poderes fueron revocados en 2001.

Además, está el certificado del síndico Jae Chul Lee, de noviembre de 2013, y que da cuenta que el supuesto poder otorgado a Carlos Olivos no ha tenido validez legal desde el 30 de diciembre de 1998. Incluso hay tres certificados del cónsul de Chile en la República de Corea que indican que la referida empresa está cerrada.

“En este estadio, y con pleno conocimiento de su falta de representación, ya que su comparecencia era ideológicamente falsa, solicitó el cumplimiento de la sentencia, en este contexto, el abogado Alexis Paiva Paiva el 14 de noviembre de 2012, solicitó el remate de las singularizadas propiedades de mi propiedad, las que tienen un avalúo comercial superior a los $600.000.000. Se fijó fecha de remate para el 18 de junio 2013 a las 15:00 horas. El día anterior, la demandada dedujo incidente de nulidad de lo obrado, fundado en la quiebra de la demandante el 30 de diciembre de 1998, en Corea del Sur por lo que el representante en Chile, carece de poder para su representación. El tribunal rechaza este incidente fundado en lo extemporáneo de su interposición”, señala la denuncia.

Respecto de la prevaricación plantean los abogados que ese ilícito castiga al abogado o procurador que, con abuso malicioso de su oficio, perjudicare a su cliente o descubriere sus secretos, o al abogado que, teniendo la defensa actual de un pleito, patrocinare a la vez a la parte contraria en el mismo negocio.

“En efecto, el querellado Alexis Paiva Paiva fue mi abogado, en el año 1995 fecha en que me recomendó que mi hermana Choon Ok Park, me demandara en un procedimiento ejecutivo, a través de las copias que acompaño y del estado actual del proceso, dicha gestión sigue vigente. Es decir, primero fue mi abogado y después me ejecutó y remató mis propiedades de la forma expuesta”, señala.

PROBLEMA IDIOMÁTICO

Sobre el caso en cuestión, el empresario dijo que «personalmente al tener un pobre dominio del español, fue muy difícil y a veces imposible entender lo que estaba pasando en las causas. Por eso viví mucho tiempo con temor, con estrés, la inhabilidad de usar mi nombre para poder hacer vida, todos los factores cuales me causaron problemas de salud importantes, diabetes, hipertensión, y hasta cáncer».

«Económicamente, llevo más de 20 años pagando abogados, documentación, causas legales en Chile y en Corea del sur. Más allá de las propiedades que fueron rematadas, el tiempo y dinero invertido han sido oportunidades comerciales también que pude haber desarrollado», agregó Choon Sik Park, puntualizando que yo no supe que había pasado el remate hasta un mes después de lo ocurrido.

“Me sentí defraudado y abandonado por el sistema, con un sentido de frustración. Sentí que estaba siendo defraudado por un fantasma», concluyó el empresario.

FISCALÍA DEL MAULE

Sobre esta causa la Fiscalía Regional del Maule señaló que se trata de una denuncia sobre los mismos hechos y circunstancias denunciadas el año 2014 por el ciudadano extranjero donde por medio de una demanda civil, una investigación penal y un sumario administrativo – todas investigaciones independientes entre sí – dieron cuenta que las personas mencionadas no tienen responsabilidad en los hechos denunciados.

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