El Comité Olímpico Internacional (COI) asegura que no hay ninguna exclusión a los atletas trans y que, si logran clasificarse por sus méritos deportivos, podrán competir en los Juegos Olímpicos.
Pero deberán hacerlo en la categoría que corresponda a su sexo biológico.
El COI ha elaborado un documento con el que pretende aclarar las dudas surgidas por la decisión adoptada el pasado 26 de marzo de que sólo las mujeres biológicas podrán participar en las pruebas femeninas a partir de Juegos de Los Angeles 2028 y sin carácter retroactivo, por lo que no afectará a resultados anteriores de deportistas que ya no hubieran cumplido los nuevos requisitos.
Para la entidad que preside Kirsty Coventry, con esta medida “no se excluye a las personas transgénero” de sus competiciones, pero incide en que las que sean varones biológicos y cumplan los requisitos de clasificación sólo podrán tomar parte en las pruebas de la categoría masculina.
“Al margen de los Juegos Olímpicos y otros eventos del COI, las personas transgénero pueden participar en todas las demás competiciones deportivas a su alcance, al igual que cualquier otro deportista que no cumpla los requisitos de clasificación olímpica”, esgrimió el Comité.
Entre las preguntas y respuestas que incluye el documento del COI, destacan “¿Cómo se determina la elegibilidad para la categoría femenina?” y “¿Qué pasa si una persona se niega a someterse al test?”.
El propio Comité se responde: “Es preciso hacerse una prueba de detección del gen SRY, sólo presente en los hombres biológicos. Las mujeres cuyo resultado en el test sea negativo podrán competir en pruebas femeninas”.
Sobre la segunda pregunta, el COI plantea que “las deportistas pueden negarse a hacerla, pero si no demuestran su elegibilidad, no podrán competir en la categoría femenina a partir de los próximos Juegos Olímpicos”.
Según el Comité Olímpico Internacional, la nueva postura responde a que “los criterios anteriores habían quedado desfasados con respecto a los últimos avances científicos y no eran compatibles con sus objetivos para la categoría femenina”.
“Además, que se tuvieron en cuenta posturas de integrantes del Movimiento Olímpico, de federaciones internacionales y de deportistas y que hubo un grupo de trabajo integrado por expertos independientes a los que se les encomendó hacer un estudio y cuyos nombres el COI no va a hacer públicos”, agregaron.
El Comité también reconoció que habrá excepciones, ya que tendrán en cuenta “algunas salvedades relacionadas con algunos trastornos genéticos de muy baja prevalencia, como el síndrome de insensibilidad androgénica, que permitirán que algunas mujeres portadoras del gen SRY puedan competir en la categoría femenina”.
“Según el COI, las pruebas de detección sólo establecen si existe o no el gen SRY, por lo que no pretende establecer un diagnóstico médico. Si da positivo, la deportista podrá optar por someterse a pruebas complementarias para determinar si presenta dicha condición excepcional”, complementaron.
Por último, el COI remarcó que “todos los participantes en boxeo en París 2024, donde destacó el caso de la argelina Imane Khelif, cumplieron con las normas de elegibilidad y participación de la competición, así como con todas las normas médicas vigentes en ese momento, por lo que no afecta a sus resultados”.

