La justicia rechazó el último recurso presentado por el Consorcio Industrial de Alimentos (Cial) para recuperar los $165.398.851 que fueron transferidos por error a un trabajador en 2022, cuyo sueldo no superaba los $500 mil. Con esta resolución, el ex empleado no estará obligado a devolver el monto recibido accidentalmente.
En esta última acción legal, la empresa acusó al trabajador —identificado solo como Óscar— del delito de hurto por hallazgo, solicitando una pena de cárcel y el pago de una multa. No obstante, la Corte de Apelaciones de Santiago desestimó el recurso de nulidad, ratificando fallos previos que descartaron la existencia de un ilícito penal.
El caso alcanzó notoriedad internacional y fue difundido por medios de distintos países. Los tribunales concluyeron que, si bien la situación puede generar reproche ético, desde el punto de vista jurídico no corresponde exigir la restitución del dinero, quedando el trabajador definitivamente con los $165 millones recibidos por error.

