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	<title>#Jueces &#8211; Atentos</title>
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		<title>Corte de Santiago instruye a jueces y funcionarios retornar al trabajo presencial</title>
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		<pubDate>Thu, 23 Feb 2023 14:52:21 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Nacional]]></category>
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<pre class="wp-block-verse">El Pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago acordó este miércoles instruir a jueces y funcionarios de su jurisdicción volver al trabajo presencial, salvo las “excepciones que se encuentren debidamente acreditadas ante la autoridad respectiva”. Es uno de los primeros tribunales de alzada en dar la orden de volver a la normalidad, pese a los reclamos que se habrían generado para que no se revirtiera la decisión. ¿Imitará el resto de las regiones lo zanjado por los ministros capitalinos?</pre>



<p>Fueron de los primeros segmentos de la población en recibir la vacuna contra el covid-19, en febrero de 2021. Hablamos de los funcionarios del Poder Judicial. Lo hicieron antes que recolectores de basura, cajeros de supermercados y una serie de otros oficios con contacto directo con la ciudadanía, donde el riesgo de contagio en ese entonces no era menor.</p>



<p>¿La razón? Se entendía que la presencialidad de los que imparten y trabajan en la justicia era clave para la continuidad del país. No obstante, transcurrido el tiempo y el progresivo avance del plan de vacunación, junto a la baja en los casos diagnosticados, muchos de ellos decidieron continuar trabajando de forma remota, situación que se alejó del común de los chilenos que debieron volver a la presencialidad.</p>



<p>Dicha decisión, avanzado el 2023, habrían querido convertirla en un privilegio “descarado”, según desclasifican algunos ministros del mismo sistema de justicia a la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío. Eso hasta este miércoles en la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Santiago. Y es que durante las últimas horas el Pleno del tribunal de alzada capitalino acordó “instruir a todos los jueces y funcionarios de los tribunales con competencia en esta jurisdicción, que deben cumplir sus funciones en forma presencial, salvo las excepciones que se encuentren debidamente acreditadas”.</p>



<p>El documento, al que accedió la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío, tuvo presente una serie de acciones que ha tomado el Poder Judicial para hacer frente a la pandemia y a la continuidad del servicio. Por ejemplo, el 13 de octubre de 2022 la Corte Suprema dispuso el “Plan de Retorno Paulatino Presencial”, el cual dispuso que debía volver un mínimo del 50% de la dotación por estamento a los tribunales. Lo anterior excluyó a los grupos de riesgo, cuidadores y a integrantes del “proyecto Post Covid”.</p>



<p>En lo relativo al teletrabajo, en marzo del 2020 el máximo tribunal del país dictó un Auto Acordado que reguló el trabajo a distancia y el uso de la videoconferencia en el Poder Judicial. Este dio cuenta de dos modalidades: una “ordinaria” y otra “extraordinaria”. El artículo 16 de la mencionada regulación, en lo relativo al “régimen extraordinario del teletrabajo”, señala que el trabajo a distancia podrá utilizarse cuando ocurran casos “fortuitos”, de “fuerza mayor”, o en general “cualquier circunstancia que impida el desempeño de funciones en el tribunal, o que amenace o perturbe su normal funcionamiento”.</p>



<p>Bajo este contexto, los ministros de la Corte capitalina concluyeron que “no concurren actualmente las condiciones que ameritan el teletrabajo ‘extraordinario’ y, en lo que atañe al trabajo telemático en régimen ‘ordinario’, según se indica en dicha normativa será procedente por razones de buen servicio calificadas por el juez presidente del tribunal y debe disponerse siempre de manera formal y por escrito”. </p>



<p>A renglón seguido, estimaron que “la modalidad de ‘teletrabajo’ no puede transformarse en la regla general de funcionamiento de los tribunales, menos en procedimientos marcados por la oralidad”. Asimismo, en el mismo Auto Acordado se establecieron las “exigencias para disponer el teletrabajo de los jueces”, en donde se detalla que los magistrados requieren permiso del Presidente de la Corte de Apelaciones respectiva, ante una “solicitud que debe ser acompañada por una declaración del juez presidente del tribunal”.</p>



<p>La anterior declaración debe especificar que el trabajo a distancia del juez -cualquiera sea su competencia- no “alterará el normal y el continuo funcionamiento del tribunal y que tampoco afectará la programación y celebración de audiencias”. En el caso de los grupos de “riesgo” y “cuidadores” se hace hincapié en que las “causas de exclusión deben ser debidamente corroboradas y evaluadas por las jefaturas respectivas, de manera de asegurarse que existan razones graves que ameriten ese tratamiento especial”.</p>



<p>Bajo este contexto, en la sesión de Pleno del pasado 13 de febrero, teniendo en cuenta hechos “recabados por el Presidente de esta Corte por medio del Administrador”, como “quejas disciplinarias y reclamos administrativos”, sumado a las “actuales condiciones sanitarias y los imperativos que derivan del deber funcionario de proveer el mejor servicio judicial”, han hecho “indispensable” el retorno.</p>



<p>Por eso, el Pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidido por el ministro Mario Rojas González, definió “instruir a los jueces y funcionarios de los tribunales de la jurisdicción sobre su deber de prestación de servicios en forma presencial”, salvo los casos que -en base a la normativa- estén “debidamente acreditadas ante la autoridad respectiva”. Es uno de los primeros tribunales de alzada en dar la orden de volver a la normalidad. Ante esto, ¿imitará el resto de las regiones lo zanjado por los ministros capitalinos? </p>
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		<title>Querella contra jueces por otorgar libertad al acusado del crimen de carabinero Florido es presentada por su padre</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Atentos.cl]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 26 Aug 2022 18:16:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Denuncia]]></category>
		<category><![CDATA[#Crimen]]></category>
		<category><![CDATA[#Florido]]></category>
		<category><![CDATA[#Jueces]]></category>
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<p>Ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, el papá del carabinero, David Florido, presentó una querella en contra de los jueces que otorgaron libertad condicional -por un delito anterior- al principal acusado por la muerte del uniformado en la capital.</p>



<p>El papá del carabinero, David Florido, quien fue asesinado en una peluquería de Pedro Aguirre Cerda, presentó una querella criminal en el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago por el presunto delito de prevaricación judicial.</p>



<p>Juan Carlos Florido busca justicia por el crimen en contra de su hijo ocurrido el pasado 10 de junio durante un procedimiento policial en la capital. Según el documento al que tuvo acceso BioBioChile, se indica: “vengo en interponer querella criminal en contra de todos quienes resulten responsables, en calidad de autor(es), coautor(es), cómplice(s) o encubridor(es) del delito consumado de prevaricación judicial (negligente)”.</p>



<p>El principal sospechoso por la muerte del cabo segundo David Florido, fue identificado como Israel González Quezada, quien, al momento de haber sido acusado por el delito, gozaba de libertad condicional, cuyo recurso fue amparado por los jueces integrantes de la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago.</p>



<p>Cabe destacar que González Quezada había sido condenado a 8 años de presidio mayor por el delito de robo con intimidación y violencia, por lo que postuló al beneficio de libertad condicional, la que solo duró un mes antes de su nueva detención.</p>



<p>Juan Carlos Florido, padre del uniformado, indicó a Radio Bío Bío que “sé, que aquí hay un responsable, y el responsable de que ese asesino estuviese ese día en la peluquería… Es un juez. Esa persona le otorgó la libertad condicional (…) Esos jueces tienen que responderme a mí por la muerte de mi hijo. Es el principal eslabón que nos enluta como familia”.</p>



<p>En la misma línea, cabe destacar que la Comisión de Libertad Condicional ejecutó un informe que concluyó que al momento de que la defensa del condenado apeló su libertad, este tenía “escasas posibilidades (…) para reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden tener por probado avances en su proceso de reinserción social”.</p>



<p>Y además, se agregó que “resulta necesario un mayor periodo de observación de los permisos de salida dominical y de fin de semana del cual goza el interno, a fin de evitar el riesgo de reincidencia”.</p>



<p>“Ese es el estallido padre (…) a mí nadie me va a detener en que esto se va a hacer Justicia”, concluyó así el padre del ascendido póstumo a suboficial de Carabineros, David Florido.</p>
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