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Emergencia Judicial Regional

Abogados talquinos interponen recurso de amparo para frenar toques de queda en la comuna de Talca

Un grupo de más de veinte juristas talquinos, entre abogados, egresados de derecho y estudiantes de derecho, presentaron una acción constitucional de amparo ante la Corte de Apelaciones de Talca, con el propósito de frenar los toques de queda que la autoridad militar está dictando sucesivamente en la comuna de Talca, en el marco del estado de emergencia en que se encuentra la capital maulina, debido a los acontecimientos de conflagración social que se registran desde el pasado fin de semana en la región y el país.

En un extenso escrito los recurrentes, todos los cuales establecen domicilio en calle Uno Oriente Nº 1585 Talca, asumen la representación de los habitantes de la ciudad de Talca, para exponer ante el máximo tribunal regional que:

«En virtud de lo dispuesto en el artículo 19 nº 7 e inciso tercero del artículo 21, ambos de la Constitución Política de la República, venimos en deducir acción constitucional de amparo en contra de la decisión adoptada por el General de Brigada, señor Rodrigo Ventura Sancho, en su calidad de Jefe de la Defensa Nacional en la ciudad de Talca, por medio de la cual se estableció el toque de queda para la indicada comuna.

«Dicha acción constitucional se fundamenta en que tal decisión restringe la libertad ambulatoria de los recurrentes excediéndose los márgenes dentro de los cuales la Constitución autoriza la restricción de derechos fundamentales

Finalmente y en lo medular, el recurso legal solicita:

«En virtud de lo dispuesto en los artículos 5º, 6º, 7º, 19 nº 7, 21, 39, 42, 44 y
45, todos de la Constitución Política de la República, a US. ILTMA. solicitamos que se acoja a trámite esta acción constitucional de amparo y, en definitiva acogiéndola, declare:

(a) Que el toque de queda decretado para la comuna de Talca carece de
fundamento legal y, por tanto, se deja sin efecto, impidiéndose la
dictación de sucesivos toques de queda;
(b) En subsidio, que el toque de queda decretado para la comuna de Talca
excede los márgenes constitucionalmente autorizados, por carecer de
proporcionalidad y que, en consecuencia, de declare:
a. Que los toques de queda decretados para los días 20, 21 y 22 de
octubre fueron inconstitucionales; y
b. Que el jefe de la defensa nacional en Talca no puede decretar
nuevos toques de queda».

El recurso de amparo constitucional está patrocinado por:

IVÁN VIDAL TAMAYO, Abogado; ATANIA CAROLINA
ORELLANA ORELLANA, Abogada; ROBERTO NAVARRO
DOLMESTCH, Abogado; RODRIGO IGNACIO HERNÁNDEZ
FERNÁNDEZ, Abogado; MARÍA PAULA POBLETE BRAVO, Abogada;
FELIPE ALEJANDRO BURGOS ORTIZ, Abogado; NICOLE ANDREA
SEPÚLVEDA SEPÚLVEDA, Abogada; LUIS SEPÚLVEDA LÓPEZ,
Abogado; FRANCISCO DAVID TRONCOSO OSSES, estudiante; MARÍA
FERNANDA OVALLE DONOSO, Abogada; FERNANDO LEAL
ARAVENA, Abogado; VALENTINA DE LA PAZ SAN MARTÍN
DONOSO, egresada de Derecho; ADONIS ASTORGA CÁRDENAS,
Abogado; JUAN CARLOS CONTARDO OPITZ, Abogado; AGUSTÍN
EDUARDO CUESTA VERA, Licenciado en Ciencias Jurídicas; CRISTIÁN
HIGO ARAVENA LAGOS, Licenciado en Ciencias Jurídicas; ANDREA DEL
PILAR STEVENSON VILLAR, Abogada; JOHN ALEXIS BURGOS
SAAVEDRA, estudiante de Derecho.

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